En el transcurso de los años y en nuestra experiencia en asuntos relacionados con la Propiedad Horizontal, identificamos dos situaciones que principalmente afecta a este tipo de organizaciones. La primera es que como entidades sin animo de lucro, no son atractivas al sector financiero tradicional, con lo cual, su capacidad de endeudamiento o apalancamiento financiero es casi nulo.
Lo segundo es que los factores macro económicos como la inflación y la estipulación del salario mínimo, inciden directamente en el incremento de la cuota de administración o expensas ordinarias como las denomina la ley.
En tal sentido, son múltiples los casos en los cuales los Copropietarios se atrasan en el pago de las cuotas de administración, afectando considerablemente el flujo de caja, poniendo en riesgo la estabilidad financiera de la copropiedad, para asumir sus costos y gastos operacionales. Y es que en este aspecto, no debemos olvidar que el servicio de seguridad privada participa en un 75% aprox del presupuesto, con lo cual, no es opción para la Administración, poner en riesgo de los copropietarios.